RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que descartó la aplicación al caso de las prescripciones de la ley 22.006 por entender que los pagos cuya repetición se pretendía eran anteriores a su sanción, dejando de lado, sin fundamento alguno, la consideración de que varios de los períodos fiscales involucrados son posteriores a la vigencia de dicha ley.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa. .
La prescindencia de la ley vigente, sin dar razón plausible para ello, pese a haber. sido invocada por las partes, y a haberse pronunciado sobre ella el juez anterior en grado, es uno de los supuestos que configuran la arbitrariedad y el consiguiente ataque al derecho de defensa.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:
Contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Ape laciones en lo Civil (£s. 327/327 vta.), que confirmó el decisorio del juez de la instancia anterior (fs. 305/308), en cuanto había admitido la acción de repetición del impuesto a los ingresos brutos pagado a .
la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, interpuso esta última recurso extraordinario (fs. 338/345), cuyo traslado fue contestado fs. 348/351), concediéndolo parcialmente el tribunal a quo (fs. 352).
1I La actora actuaba como empresa de estibaje en el puerto de esta Capital interviniendo en la carga y descarga de las mercaderías de tráfico internacional e interprovincial.
Adujo en su demanda que el impuesto a los ingresos brutos es de aplicación estrictamente local, donde tiene jurisdicción la comuna,
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1893
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