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Fallos: 308:1423 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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conflicto sub examine y, la otra, configurada por la naturaleza del conflicto mismo. . La primera circunstancia determinante, cuando el asunto atañe a la consideración del alcance de las garantías constitucionales, es la toma de conciencia de que -nuestro país atraviesa una coyuntura histórico-política particular, en la cual, desde las distintas instancias de producción e interpretación normativas, se intenta reconstruir el orden jurídico, con el objetivo de restablecer y afianzar .

"para el futuro en su totalidad las formas democráticas y republicanas de convivencia de los argentinos, de modo que dicho objetivo debe orientar la hermenéutica constitucional en todos los campos.

El segundo aspecto del marco general sobre el que se emplaza la cuestión a resolver proviene de que los hechos que se juzgan se vinculan directa o indirectamente con un problema temible: el tráfico y consumo de estupefacientes. La droga es; indudablemente, una Jacra que produce atroces consecuencias en las sociedades moder nas. Una de dichas consecuencias es la de que la diseminación y desborde del tráfico y consumo de estupefacientes ha adquirido un volumen tal y tan descomunal, que ha facilitado -la conformación de un negocio económico administrado por consorcios internacio- nales que cuentan a veces con recursos que superan las posibilidades de los propios Estados. Es desgarrador además, el problema de las drogas desde el punto de vista individual, pues una creciente cantidad de víctimas de la adicción y narcodependenciá ven sus vidas limitadas en múltiples sentidos, se encuentran con su salud física y psicológica seriamente afectada y, por tanto, su existencia, _ sumamente empobrecida. En el tratamiento de cada uno de los ás- " pectos propuestos, se volverán a hacer consideraciones particulares sobre ambos rasgos del contexto en el que debe resolverse el pre sente caso. - .

6) Que una reflexión ""erca de los alcances del art. 19, de la Constitución Nacion"; aebe partir de la evidente trascendencia de .

tal disposición —c racterística distintiva de nuestra Carta Magna— porque, al definir 'a esfera de libertad individual de los habitantes de la Nación Argentina, se emplaza como base fundamental para la

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1423 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1423

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