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Fallos: 308:1178 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de agosto de 1986.

Vistos los autos: "Lucero Cía. Arg. de Seg., S.A. c/I.N. de R. " s/daños y perjuicios".

Considerando: —° 19) Que Lucero Compañía Argentina de Seguros, S.A. inició demanda contra el Instituto Nacional de Reaseguros por indem—. nización de los daños que le habían causado actos de ese ente que configurarían un trato discriminatorio en su perjuicio, la inclusión de débitos indebidos en la cuenta corriente entre ambos y una campaña de desprestigio en su contra. Se refirió en su reclamo a los daños ocasionados, la pérdida del valor de empresa en marcha, el lucro cesante y el daño moral. 2) Que la demanda fue rechazada en primera y segunda instancias; este último pronunciamiento impuso a la vencida la tota ° lidad de las costas. Contra él interpuso la actora este recurso ordinario de apelación, que es admisible por las razones dadas en el dictamen del señor Procurador General, que se da por repro- .

ducido en lo pertinente. .

39) Que el a quo comenzó por establecer la índole de la responsabilidad en juego; consideró que todos los hechos expuestos por la demandada habían sido realizados en ocasión de la relación contractual. que unía a las partes 0 a través de ella, la que se evidenciaba en la cuenta corriente llevada por el Instituto, vínculo permanente, en cuyo marco la demandada realizó las acciones que la actora califica de ilícitas. Esta conclusión le llevó a rechazar la prescripción alegada por la demandada en relación a alguno de sus actos para los que consideró aplicables las normas que reglan la responsabilidad extracontractual.

4) Que a continuación analiza el primer hecho invocado en la demanda, referente a un supuesto trato discriminatorio y arbi

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1178 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1178

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