Por ello, de acuerdo en lo pertinente con lo dictaminado por el «:ñor Procurador General se confirma el fallo en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 21.274, modificado por ¿lart. 2 de la ley 22.160, y se deja sin efecto la decisión sobre el monto de la indemnización debida al agente. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que por quien corresponda se dicte nuevo pronunciamiento sobre el punto.
AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO.
JUANA UNZUE DIAZ De LUYNES
v. NACION ARGENTINA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Fundamento.
Teniendo en cuenta el carácter autónomo de la apelación extraordinaria del art. 14 de la ley 45, en los términos que señala desde antiguo la jurisprudencia de esta Corte, el escrito mediante el cual se la deduce debe bastarse a sí mismo, de suerie que su lectura sea suficiente para la comprensión del caso y haga innecesaria la del expediente, a los fines de pronunciarse sobre la procedencia del recurso, exigencia que no ha sido satisfecha en la especie que omite el rento claro y preciso de los hechos que motivan el pleito y la indicación concreta del vínculo que elios guardan con las cuestiones que, como de indole federal. se pretende someter a la consideración del tribunal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos proptos. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas y actos comunes.
Lo atinente a establecer si la cláusula del contrato que disponía que ". ..esta donación la efectúa con la expresa condición y cargo de que la sociedad de Beneficencia de la Capital construya en el plazo de dicz años un establecimiento de beneficencia para altergar menores varones", contenía la exigencia de que la totalidad del terreno cedido fuese utilizado por las instalaciones del asilo y en qué medida, In afectación posterior de la parte del inmucble a usos diversos, faculta a exigir válidamente la revocación del acto por incumplimiento del cargo impuesto, por ser de indole estrictamente fáctico y de derecho común. obsia a la intervención de la Corte por la vía del recurso extraordinario.
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:885
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