708 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA la procedencia del resarcimiento de daños sobre lu base de un actuar doloso del actor.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
A mi modo de ver el recurso extraordinario que rechazó el a quo está bien denegado en tanto por su intermedio sc intenta controvertir una cuestión de naturaleza no federal, cual es la decisión de no aceptar en el sub lite el pedido de indemnización de los daños y perjuicios mediante valorar la conducta del actor al respecto, extremo no susceptible de ser revisado en esta instancia de excepción salvo el supuesto de arbitrariedad manifiesta que, a mi criterio, no se da en el caso.
Opino, por tanto, que corresponde no hacer lugar a esta presentación directa. Buenos Aires, 19 de febrero de 1985. Juan Octavio Gauna.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de mayo de 1985.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora la causa Lombardi, Dante Atilio c/Estado Nacional (Ministerio de Bienestar Social)", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala TV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que declaró la nulidad de la resolución que dispuso la cesantía del actor y ordenó su reincorporación al cargo que desempeñaba, pero rechazó el :
reclamo atinente al resarcimiento de daños y perjuicios, aquél dedujo :
el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja. , 2) Que los agravios del apelante suscitan cuestión federal bastante para su examen en la vía intentada, pues no obstante referirse a cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas —en principio— al remedio del art. 14 de la ley 48, tal circunstancia no resulta óbice decisivo para abrir el recurso cuando el razonamiento empleado para E
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:708
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