AGUSTIN BELLISIMO y Orra v. MUNICIPALIDAD DE 14
CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Corresponde dejar sin efecto la regulación de honorarios si el a quo decidió apartarse de las normas arancelarias para fijar un "estinendio de equidad" que contemplase la labor desarrollada. Ello así, pues motivos de equidad subjetivamente apreciados no pueden servir de pretexto para que los jueves dejen de aplicar las normas legales, cuya sanción y abrogación está reservada = otros poderes del Estado; máxime cuando las razones invocadas pudieron ser porderadas a fin de examinar la procedencia de la exención de las costas, pues la aparente imperatividad del art. 29 de la ley 21.499 abarcaría la expropiación directa y no la irregular (1), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias argitrarias, Procedencia del recurso. Falta de Jundamentación suficiente.
Es descalificable la regulación que omitió dar respuesta a los agravios del apelante, invocó circunstancias extrañas a las actuaciones, tal como el supuesto conocimiento por el profesional interesado de los planes de obras y expropiaciones, y no brindó fundamento suficiente para la fijación de la cantidad regulada, impidiendo así tomar razón de cómo llegó a establecerlas (3). .
ALBERTO RAMON OCHOA
RECURSO DE QUEJA: Plazo.
Resulta extemporánea la queja interpuesta una vez vencido el plazo, con la ampliación correspondiente a la distancia (3), 0) 3 de julio.
E) Fallos: 297:182 ; 301:102 , 590; 302:958 ; 1176; 303:685 , 1458, 1594, 6) 3 de julio.
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:783
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