TRIBUNAL DE ETICA FORENSE.
DEROGACION DE LAS ACORDADAS 6/81 Y 23/81 — No 5.
En Buenos Aires, a los 14 días del mes de febrero del año 1984, ¡unidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro R. Carrió, y los señores jueces doctores don José S.
Caballero, don Carlos S. Fayt, don Augusto C. J. Belluscio y don Enrique $.
Petracchi y el señor Procurador General de la Nación, doctor don Juan O. Gauna, Consideraron: i Que por Acordada N" 4/84 est: Tribunal declaró inaplicable el artículo 24 de la ley 22.192 y derogó los artículos pertinentes de la N° 13/80.
Que la Acordada N° 6/81 dispuso la aprobación del Reglamento Interno del Tribunal de Etica Forense de la Capital Federal, en ejercicio de la facultad normada pora referida Acordada NI 13/80.
Por ello, acordaron:
Derogar las Acordadas Nros. 6/81 y 23/81.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. GENARO R. CARRIÓ -— José S. Canartero — Carios S. FAYT — AUGUSTO C. J. BELLUscIO — ENRIQUE S. Perracciur — Juan O. GAUNA (Procurador). Julio M. Ojea Quintana (Secretario).
RETRIBUCIONES DEL PODER JUDICIAL
— NI 6 En Buenos Aires, a los 14 días del mes de febrero del año 1984, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro R. Carrió, y los señores jueces doctores don José S.
Caballero, don Carlos S. Fayt, don Augusto C. J. Belluscio y don Enrique S.
Petracchi, Consideraron:
Que si bien la importancia del desempeño de las funciones públicas, sean éstas judiciales o administrativas, no es mensurable económicamente, resulta tradi
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:10
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