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Fallos: 306:13 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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mentos necesarios para el normal y rápido desarrollo de sus actividades y la de los auxiliares.

Que conforme a las consideraciones expuestas, el presupuesto para el año 984 ha sido estimado en las siguientes cifras:

Inciso 11: Personal: Partiendo de los salarios vigentes en el mes de diciembre de 1983, el monto anual de la planta personal asciende a la suma de Sa 1.998.484.109. A esta suma debe agregarse la estimada para la Partida Principal 1199 —Crédito a distribuir de $a 7.500.000— para responder a diversas necesidades del Poder Judicial —Nacional y Federal—, parte no cumplida durante el ejercicio 1983 por haber tenido que afrontar otras urgencias imprescindibles y por no haber recibido los refuerzos correspondiente a los aumentos de sueldos otorgados en el transcurso de este año.

En cuanto al ejercicio 1984, corresponde la creación de oficinas de notificaciones en el interior del país (segunda etapa). dado el aumento de juicios en trámite con competencia federal. Adviértese que durante 1983 se dio cumplimiento a la primera parte con las Cámaras Federales de Mendoza y Córdoba.

Asimismo, en la Cámara Federal de Resistencia resta la creación de cargos de Relatores con lo cual culmina en el interior del puís el cumplimiento del plan oportunamente esbozado en este aspecto.

Que, con relación al presupuesto 1983 se han cumplido los siguientes objetivos allí indicados: creación de los cargos de Secretarios Privados en la Justicia del Trabajo (última etapa); creación de los cargos de Secretarios Privados de la Justicia Penal y Correccional (primera etapa Justicia Correccional); personal especializado para el mantenimiento del edificio de la Justicia Federal de Córdoba ya inaugurado.

Que, en lo atinente al presente ejercicio, y en atención al crecimiento de los pleitos en la Capital Federal corresponde reforzar determinadas plantas judiciales, como también las de las Oficinas de Notificaciones, de Mandamientos, de las Oficinas Técnicas que sirven de apoyo a la administración de justicia y continuar con el plan de computación iniciado anteriormente.

Inciso 12: Bienes y servicios no personales: En relación a esta partida, el crédito original para 1983 ascendió a $a 71.102.100. Se considera necesario un aumento de $a 278.897.900, lo cual totaliza la suma de $a 350.000.000 destinada a cubrir la diferencia del nivel general de precios enero-diciembre, Ello se encuentra justificado en los requerimientos de los Departamentos de Producción, Mantenimiento y Suministros, y Departamento de Compras que abastecen las necesidades de la Justicia nacional y federal. También se encuentra fundado en los gastos de [funcionamiento de los tribunales y organismos judiciales, cuyas necesidades primarias son solventadas a través de esta partida, lo que permite una acentuación de la política de descentralización (Tribunales del Interior), una mayor

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:13 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-13

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