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Fallos: 306:5 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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AÑO: 1984
FEBRERO - AGOSTO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

INSTRUCCION DE SUMARIO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO
21 DEL REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL — NI En Buenos Aires a los dos días del mes de febrero del año 1984, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro KR. Carrió, y los señores jueces doctores don José S. Caballero, don Carlos S. Fayt, don Augusto C. J. Belluscio y don Enrique S. Petracchi, Consideraron:

Que en el diario "La Nación" del día 15 de agosto de 1983, apareció una "solicitada" con numerosas firmas, en la cual quienes la suscriben aconsejan no apoyar, en las próximas elecciones, a partidos políticos y candidatos que no sc definan sobre determinados puntos o que contrarien los principios sostenidos por aquéllos.

Que, aparentemente, entre las firmas incluidas se encuentran las de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación.

Que, "prima facie", la suscripción de esa recomendación podría implicar una violación de las incompatibilidades establecidas en el art. 9 del decreto-ley 1.285/58 y en el art. 8, inc. €), del Reglamento para la Justicia Nacional, Que esa actitud no Ka dado lugar a la intervención de los tribunales inferiores en los cuales esta Corte ha delegado el ejercicio de las facultades de superintendencia, Resolvieron:

19) Asumir la jurisdicción originaria prevista en el art. 23 del Reglamento para la Justicia Nacional.

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-5

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