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Fallos: 304:826 de la CSJN Argentina - Año: 1982

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Estimo que la buena interpretación de la norma no es la que postula la agraviada, sino la que sostiene (ver fs, 209 vta, y siguientes) el Fisco Provincial, al afirmar que el texto aclaratorio de la ley 19458 se refiere a la base imponible del propio impuesto destinado al Fondo Nacional de Autopistas, que regula la ley 19408, pues ello resulta no sólo razonable dada la naturaleza de la ley aclaratoria, surge de su declaración de principios, y no con relación a la política destinada a aventar las dudas suscitadas en torno al propio gravamen, impositiva general. sino también porque el análisis literal de sus terminos ast lo propugna, dado los conceptos "a los fines impositivos" y "que constituye la base de imposición", que cobran sentido en tanto se los remite a los alcances del tributo de que se trata.

Por consiguiente, opino que corresponde rechazar el recurso in- | terpuesto y confirmar la sentencia apelada. Buenos Aires, 31 de ngosto | de 1981. Mario Justo López,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de junio de 1982.

Vistos los autos: "Automotores Villa María S.A. €/Fisco de la Provincia s demanda".

Considerando: j 19) Que la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comer- | cial de la Ciudad de Córdoba revocó el pronunciamiento de la instanCia anterior y, consecuentemente, rechazó la demanda de repetición ue Automotores Villa María SA.LCF. € E promovió con fundamento en la improcedencia del reajuste de sus obligaciones respecto del impuesto a las actividades lucrativas que la Dirección General de Rentas efectuó tras computar entre sus ingresos brutos las sumas pagadas por los adquirentes de vehículos en calidad de gravamen destinado al Fondo Nacional de Autopístas, Para resolver en esos términos, el tribunal negó que procediera ta deducción prevista en el art. 136 del Cádigo Tributario de la Provincia de Córdoba respecto de los impuestos nacionales, provinciales

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:826 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-826

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