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Fallos: 304:1036 de la CSJN Argentina - Año: 1982

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1006 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA ENPROPIACION Indemnización. Generalidades El expropudo no debe experimentar lesión alguna en sir patrimonio «que no sea obieto de cumplida y oportuna reparación (Disidencia de fos Dres, César Black y Carlos A. Renom) EXPROPIACION: Indemnización. Generalidades.

la mdempización expropiatoria es justa cuando restituye integramente el valor que priva al propietario y cubre, además, los daños y perjuicios de la expropiación (Disidencia de los Dres. César Black y Carlos A. Renom).

COSTAS: Naturaleza del juicio. Expropiación.

Debiendo entenderse oportunas —por tratarse de la primera ocasión en que pudicron impuegnars los valores en juego— las apreciaciones efectuados por la expropiada y referidas a la restricción a su derecho de propiedad, corresponde revocar la sentencia en cuanto decide imponer las costas por su orden —en un juicio por expropiación ivegular—, por violentar los prin cipios que rigen en materia expropistoria (Disidencia de los Dres César Black y Carlos A. Renom).


DICTAMEN DEL PROCUNADOR GENERAL
Suprema Corte:

Toda vez que el valor disputado en último término excede el monto que establece la norma legal en vigor para la procedencia del recurso ordinario (Fallos: 28$:116, entre muchos otros), opino que la apelación interpuesta a fs. 193 ha sido bien concedida por el tribunal a quo.

En cuanto al fondo del asunto, considero que por tratarse de un tema de naturaleza procesal, no corresponde que esta Procuración General emita dictamen, máxime por ser la accionada el Estado Nacional, el cual ha sido debidamente notificado en esta instancia, y resultar la cuestión lítigiosa de naturaleza patrimonial. Buenos Aires, 19 de octubre de 1981. Mario Justo López.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de julio de 1982.

Vistos los autos: "Asociación Española de Socorros Mutuos de Buenos Aires €/Estado Nacional s/expropiación irregular".

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1036 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-1036

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