Al tiempo en que el Dr. García Tuñón asumió sus funciones como titular del Juzgado Federal No 3 existian en éste diversas anomalías, algunas de ellas de indudable gravedad. Verbi grautía, habíanse iniciado a partir del año 1978 un considerable número de querellas por infracciones a la ley 17671, de enrolaminto. y en la secretaría penal No 1 la gran mayoría permanecía sin que se les hubiese dado entrada, en tanto otras si bien estaban registradas en el juzgado no habían tenido trámite alguno (conf. Es. 650/1 del Corresponde N° 5, KE. 161/79).
La existencia en un galpón de una apreciable cantidad de causas penales e pleno proceso, pero que se encontraban alli inconclusas y abandonadas, con diligencias truncas o no realizadas desde varios años atrás (conf. informe final de fs. 74/7 del Corresponde No 6, HR. 161/79) constitula igualmente otra manifestación de un funcionamiento no regular del servicio en este juzgado, Por añadidura, las investigaciones sobre libertades irregulares concedidas durante algunos años anteriores en el Juzgado Federal Ne 3 evidenciaban una grave situación que sigue requiriendo —según la reflejan las conclusiones Finales obrantes a ls, 390 y siguientes del Corresponde No 1, KR, 161/79— la necesaria y completa dilucidación.
Sin perívicio de otras anormalidades de entidad similar a las indicadas que surgen de las actuaciones agregadas ad ejfectum videndi (cont. particularmente Es producidas como consecuencia de la resolución No 161/79 de la Corte Suprema de Justicia de La Nación) y sobre las que se estima innecesario abundar, tampoco puede dejar de mencionarse el allojamiento de la disciplina del personal, acentuado al incorporarse el nuevo juez, defección que comprendió inclusive a funcionarios de máxima jerarquía que omitieron cumplir los deberes impuestos por el art. 8" ines, b) y e) del Reglamento para la Justicia Nacional y produjeron, así, insólitos y graves episodios de falta de decoro con menoscabo de la irvestidura del magistrado, como la estracción y circulación de una fotocopia de un borrador de sentencia hacía fines de octubre de 1978, la exhibición y lanzamiento de un muñeco con paracaidas en la sede del juzgado el 6 de octubre de ese año, la anómala devolución por un ex magistrado el 3 del mes siguiente de | un automóvil secuestrado en una causa penal (Leonidas Juan Gustavo Moldes, 1s. 23 vta: Manuel Emeso Mongan, É£s. 22 vta. Oscar Marcelino Figueroa, fs 30; Emesto A. Spangemberg, Es. 27) y otros.
Los hechos imputados y su prueba primero de los excesos atribuidos por el señor fiscal consiste en la clausura de la secretaría penal Ne 1, el 7 de noviembre de 1978.
De la resolución obrante a fs. 9 surge que el señor juez Dr. García Tuñón intimó en la fecha citada al actuario a cargo de la secretaría penal No 1, Dr. Egnacio Basombrio, a hacer entrega de su despacho, que se clausuraría por razones de seguridad, ante el inminente viaje del titular a la ciudad de La Plata, a | fin de iniciar un sumario administrativo, Ante la reiterada negativa del Dr. Ba- |
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1690
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