de derecho común, temas entidad para habilitar un recurso estrictamente excepcional (1)
ANDRES RAUL ROBIN
HECULSO FXTAAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales, Inferprebución ae normas y actos locales en general, El pronunciamiento que dec dió que el cargo de precepto" desempeñado por el actor en jurisdicción nacional no encuadra en ta excepción prevista el ue 25 de la ley 2091 dle La Provincia del Clrico, resuelve am punto «de dereto público provincia, incvisable vn la instanca estraorlNecirio, move 00 medido planteo de inconstitucionalidad referente a 1 Dorm forales aplicadas DicramMES DEL PROCURADON FISCAL DE LA Conte SUrnEma Suprema Corte:
El Sr. Raúl Andrés Robin, que se desempeña como agente del Po- :
der Judicial de la Provincia del Chaco y preceptor en la Escuela Nacional de Comercio N° 1, fue intimado mediante resolución N° 157/78 para que optara por uno de los dos empieos citados.
Tal decisión se fundó en que el horario del cargo de preceptor, según lo informado por el señor Subsecretirio de Educación de la Provincia, es de 4 horas 30 minutos diarios, lo que haec un total de 22 horas 30 minutos semanales que sobrepasan lo autorizado por la ley N" 2091 de Incompatibilidades que admite solamente 12 horas semitnales.
Deducido recurso de reconsideración —en el que no se controvirtió el estremo de hecho relativo a las horas semanales trabajadas en el establecimiento nacional— fue desestimado mediante la resolución NY 287/79 del Superior Tribunal de Justicia provincial. Como consecuen0) Fallos: 29:140 , 297:173 , 329, 548.
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1142
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