2) Disponer que la Subsecretaría de Administración efectúe las modificaciones pertinentes en las dotaciones de personal de los tribunales respectivos.
AvoLro R. Gamers — Aneramo F. Rossi — Peoro J. Frias — Emiio M. DAmesaux — Etías P. GUASTAVINO.
CARLOS ENRIQUE BERG y OTROs HECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.
Es ajeno al recurso extraordinario el agravio que se funda en que el a quo hizo una incorrecta interpretación del derecho aplicable, porque a pesas de tratare de una disposición de naturaleza federal —art. 1, inc. €), de la ley 21.323, el recurrente carece de interés jurídico para plantearlo, ya que la inteligencia atribuida a est norma por los jueces de la cama, coincide con la que le adjudica el quejoso.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
No es arbitraria la sentencia que, al señalar que "sólo ..n ingenuidad puede afirmarse que a través de la colocación de rifas y bonos a los que se refieren los autos no existió una tarea de difusión ideológica partidaria", comlenú a los procesados por el delito previsto y reprimido por el art. 19, ne. €), de la ke, 21.323, ya que ello no constituye una afirmación doy mática que infrinja la regla del art. 13 de la ley de forma, al estar corroborado por diversos elementos probatorios —material secuestrado, referencias y declaraciones que constan en la causa,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENEÑAL
Suprema Corte:
En el recurso extraordinario interpuesto a fs. 240/241 se solicita que se revoque la sentencia de fs. 234/237 que, por aplicación del art.
1. inc. €), de la ley 21.323, condenó a Gabricla Flores de Moreyra,
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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:697
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