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Fallos: 300:1113 de la CSJN Argentina - Año: 1978

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de novedad que exige el art. 37 de la ley 111, por constituir una nueva aplicación de medios conocidos para la obtención de un resultado indis= trial, ya que no se advierte la contradicción alegada, pues "diferente" no es antónimo de "conocido" y el fallo alude a medios «que, aunque "conocidos", tienen una "estructura bien diversa", es decir, una nueva o diferente aplicación a objetos también diferentes ('), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Exclusión de las cuestiones de hecho. Marcas y patentes.

Los aspectos fácticos que se vinculan con la aplicación de la ley de patentes son ajenos a la instancia extraordinaria (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

No sustenta la tacha de arbitrariedad el desacuerdo de la recurrente con los fundamentos de indole no federal expuestos en las conclusiones de la sentencia (3).


OLGA PICCININI 1£ DONANTUENO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Cuestión ¡usticiable.

La aplicación de las medidas disciplinarias autorizadas por la ley no puede reverse en la instancia extraordinaria, aunque se invoque arbitrariedad o violación de garantias constitucionales (+), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitor comunes. Gravamen.

Si examinado por el Tribunal el escrito del cual se testaron expresiones estimadas lesivas al respeto debido a un magistrado lo que motivó el apercibimiento al defensor- se advierte sin esfuerzo que la testadura —que no constituye por si sola, sanción disciplinaria— no afecta al de 1) 17 de octubre.

2) Fallos: 272:145 ; 279:140 .

1) Fallos: 273:85 ; 274:35 .

| (°) 17 de octubre. Fallos: 295:824 ,

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:1113 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-300/pagina-1113

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