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Fallos: 30:659 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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los agentes de rectificar los errores involuntarios en que incurren, ha debido presentar el firmado por él, y su Defensor ha insistido en esa escepcion, y ha procurado probar que los agentes, por medio de otro manifiesto, salvaron los errores cometidos por los Comisarios en los manifiestos generales; pero solo ha conseguido probar en realidad que se practica lo que las Ordenanzas permiten en el artículo 846 y nú que en este caso el maniñesto de f. 15 haya sido presentado para rectificar el de f. 45; pues la rectificacion debe hacerse por escrito en el mismo manifiesto ó por separado, como lo dicen los agentes de vapores que han declarado de f. 184 4 198, la rectificacion no suprime el manifiesto existente ya entre los papeles de Aduana, sinó por el contrario se refiere ú él, lo deja subsistente en todo, menos en la parte relativa al error que se quiere rectificar. En el presente caso no se trata de una rectifiezcion, sinó de un manitiesto nuevo firmado por el agente, que no hace referencia alguna al que presentó el Comisario, que figura en lugar de este wntre los papeles de Aduana, y que evidentemente fué hecho exprofeso para hacer desaparecer el verdadero manifiesto que debió servir para el despacho de las mercaderías, y ocultar de este modo el fraude cometido con la complicidad de los empleados.

6" Que segun los anteriores emsiderandos resulta prebado de autos que Codazzi ha cometido delito de falsedad, alterando maliciosamente la verdad de los hechos en el manifiesto que presentó á la Aduana y corre áf. 15, en el cual no figuran la mayor parte de las mercaderías que han debido introducirse en la Esquina por el vapor < Mensagero > en el viage espresado, segun el manifiesto verdadero firmado por el Comisario, corriente á f. 13. Teniendo por objeto el manifiesto evitar los fraudes y garantir el fiel percibo de las Mentas de Aduana, así como deja constancia de las operaciones qu se han hecho, no cabe duda segun el artículo 64, inciso 4" y 8" de la Ley Nacional, de que comete delito de falsedad cel

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:659 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-659

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