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Fallos: 30:23 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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CAUSA XLIX
La Empresa del Ferro Carril de Buenos Aires y Rosario, con D. Cipriano Zelada, por espropiacion ; sobre recusacion de peritos; recurso de hecho.

Sumario. — 1° Es apelable el auto por el cual se manda devolver un escrito sobre las causas alegadas contra un perito, en juicio de espropiacion.

2 Eulos juicios debe observarse la igualdad entre las partes.

Caso. —Se refiere en el Fallo de la tuprema Corte Buenos Aires, Abril 10 de 1686.

Vistos en el acuerdo el presente recurso de hecho y los autos traidos para mejor proveer, considerando: que causa gravámen irreparable el auto en que se manda devolver al Procurador Don Antonio E. Martinez su escrito en que pide se tengan presentes las causas legales alegadas por él contra el nombra

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-23

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