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Fallos: 30:152 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 22 de 1885.

Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja trescientas cuarenta y nueve; y repuestos los sellos, devuélvanse.

3. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ.

— ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO
IBARGÚREN. —C. $, DE LA TORRE,
———

CAUSA LXXIII
1D. Constantino Grand, contra D. Edgardo Moreno; en recurso de hecho, sobre fianza de resultas.

Sumario.— La fianza de resultas de un juicio ejecutivo, debe quedar subsistente hasta que este se concluya por su liquidacion final.

Caso. —Se halla referido en el

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:152 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-152

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