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Fallos: 3:464 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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CAUSA CLXXIX.
Don Alejandro Lloveras con don Modesto Mayorga, sobre iicompetencia.

Sumario.—La prueba con que uno de los litigantes ha acreditado su vencidad en una provincia, no puede ser destruida por declaraciones de testigos que no dán razon suliciente de sus dichos, ni espresan las circunstancias de donde resulta la traslacion de domicilio á otra provincia.

Cuso.—Don Alejandro Lloveras acreditando ser vecino de la provincia de San Juan por medio de dos testigos, don Angel Ceretti y don José M. Hoyos, demandó ejecutivamente á don Modesto Mayorga vecino de Mendoza por el pago de parte de un pagaré otorgado por Mayorga 4 favor de don Guillermo Nattam y girado á varios y últimamente al demandante Lloveras.

Ordenado el pago dentro de 3 dias, y practicado el embargo, Mayorga opuso declinatoria de jurisdiccion fundándose en que Lloveras era vecino de Mendoza, del mismo modo el demandado, y que por consiguiente el conocimiento de este juicio no correspondia 4 los Tribunales de la Nacion.

El Juez de Seccion abrió á prueba la escepcion.

Las pruebas presentadas por Lloveras consiste en el interrogatorio de 3 preguntas útiles evacuado por cuatro testígos que fueron don Benito Sicardi, don José M. Hoyos, don Lucas Nuñez, y don José Calderon,

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:464 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-464

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