FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de noviembre de 1976.
Autos y Vistos; Considerando:
Que, como surge de las constancias de la causa "Muñoz de Morales, Francisca Blanca s/ usucapión", la acción que en ella se ejerce tiende determinar la existencia de derechos reales sobre un inmueble sito en la Provincia de Buenos Aires. No se trata de las acciones personales de los acreedores del difunto ni de las relativas a bienes hereditarios que se suscitan entre coberederos, que determinan el funcionamiento del fuero de atracción del art. 3284 del Código Civil.
Por ello, y de conformidad corr lo dictaminado por el Señor Pro- 5 curador General, se declara que el Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Nicolás debe seguir conociendo en esta causa, que se le remitirá. Hágase saber en la forma de estilo al Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Rosario.
ApoLro R. GAnnELL! — ALejAnDro R. CamDE — FeDeniCO ViDELA ESCALADA — ABELanDO F. Rossi.
MARIA CELIA SAGASTIZABAL DE DUARTE v. CARLOS A. JOSE DUARTE
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia territorial. Tenencia de hijos.
Establecida, con autoridad de cosa juzgada, la competencia de los tribunales de la Provincia de Misiones para entender del juicio de divorcio y separación de bienes, atento lo dispuesto por el art. 60, inc. $, del Código Procesal Ch vil y Comercial de la Nación, corresponde declarar la competencia del Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Posadas, Provincia de Misiones, para sequir conociendo del incidente de tenencia provisoria de hija también radica.
do en sus estrados (').
') 930 de noviembre.
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Año: 1976, CSJN Fallos: 296:487
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