tizar una compulsa de aquélla para quedar enterado de la verdadera situación jurídica del inmueble.
Lo hasta aquí expresado me Neva a la convicción de que el fallo en recurso debe ser dejado sin efecto a fin de que se dicte nuevo pronunciamiento. Buenos Aires, 15 de junio de 1976, Elías P. Guastavino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de agosto de 1976.
Vistos los autos: "Organización del Plata S.A.L. €e/ Smoler, José s/ ejec, prena", Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento de la Cámara Comercial de la Capital, Sala B, que revocó la decisión del Señor Juez de Primera Instuncia y rechazó, en consecuencia, el pedido de nulidad de subasta formulado a fs. 232/25 por el demandado José Smoler y a Es. 285/57 por el Banco Hipotecario Nacional, esta última institución interpuso el recurso extraordinario de fs. 312/19, desestimado por el tribunal a quo, motivando tal denegatoria los recursos de queja corrientes a És. 34/47 y 377/80, resueltos favorablemente por esta Corte a fs. 394.
2") Que en lo sustancial, los agravios del Banco Hipotecario Naciomal se apoyan en la violación de los privilegios que en tal carácter le acuerdan las normas legales que rigen su funcionamiento como así también en la arbitrariedad que atribuye ul fallo al prescindir de antecedentes de la causa cuya correcta valoración conducía —a su juicio- a conclusiones diversas de las que arribara.
3") Que del necesario análisis de los antecedentes fácticos del caso surge que, con motivo de la ejecución prendaria iniciada por los acto es, ústos trabaron embargo sobre un bien inmueble de propiedad del deudor que registraba un gravamen hipotecario a nombre del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (fs. 119) y que luego de las ulternativas propias del juicio de ejecución fue subastado adquiriéndolo los ejecutantes, los que fueron puestos en posesión del referido inmueble a fs. 212.
4) Que, posteriormente, el demandado pidió la nulidad de la subasta, solicitud que también efectuó el Banco Hipotecario. a quien se
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Año: 1976, CSJN Fallos: 295:615
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