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Fallos: 293:406 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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que metiva la causa, corresponde disponer que el juez que ha prevenido en las actuaciones realice las diligencias necesarias al respecto y resuelva con arreglo a lo que de ellas suría (°),
EMBAJADA DE AUSTRALIA
JUMISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Embajadores y ministros extranjeros.

Es de competencia originaria de la Corte Suprema el conocimiento de procesos instruidos con motivo de delitos perpetrados contra diplomáticos estranjeros, aunque éstos no hubieran asumido el caricter de querellantes, si dí chos delitos pueden afectar al desempeño de las funciones propias de los mismos £5)
JOSE MAZZEO y. ANA GUTIERREZ nr: NAVAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.

Cuando la Suprema Corte de la Provincia de Mendoza conoce en la causa por vía del recurso de inconstitucionalidad local y lo rechaza, sin que su decisión involucre cuestión constitucional alguna, no es el superior tribunal de la causa 4 que se refiere el art. 14 de la ley 48 (°).

RECUNSO EXTRAORDINANIO: Requásitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

Lo atinente a la procedencia o improcedencia de un recurso local es matería ajena, por su naturaleza, a la instancia extraordinaria (+).

) 13 de noviembre. Fallos: 260:7 .

5) 13 de noviembre. Cana: "Tentativa de intimidación por envío de explosivos Embajada de Israel", sentencia del 7/2/73.

5) 13 de noviembre, Fallos: 276:249 , 449; 277:223 .

°) Causa: "Abdala, Valentí", sentencia del 18/9/75.

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:406 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-293/pagina-406

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