Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 27 de 1885.
Vistos: Atento lo dispuesto por el artículo tercero, inciso segundo de la Ley de trece de Setiembre de mil ochocientos setenta y nueve, que es la aplicable al caso en cuestion, vista la fecha del documento presentado; y de conformidad con lo resuelto por esta Suprema Corte en la causa ciento cuarenta, inserta en el tomo catoree, serie segunda, página seiscientos treinta y seis de sus fallos, se confirma el anto apelado de foja catorce, y prévia reposicion de sellos, devuélvanse, J. B. GOROSTIAGA. —J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBAR-
GÚREN.
—— LA
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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:126
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