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Fallos: 280:276 de la CSJN Argentina - Año: 1971

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Mazzaroni y Piendibene a la Never. Mencionaré dicho documento falso con el número XXIV).

Aparte de la falsificación, los suboficiales procesados habrían cometido un hecho encuadrable en las previsiones del art. 527 del Código de Justicia Militar, al sustraer la planilla mencionada, que señalaré con el número XXV).

De los dorumentos falsos reunidos en el anexo todavía importa señalar el de fs. 46, testimonio fraguado de las nupcias celebradas en la loenlidad de Monteeristo, Departamento de Río Primero, Provincia de Cúrdoba, entre el Teniente Coronel Naher Albino Gómez y Olga Never, Este documento ha de ser uno de los obtenidos fraudulentamente en Córdoba por la Never a los que se refiere la Russo a fs. 176 vía. de los autos principales, pues la primera nunea se unió con Gómez en matrimonio mediante un neto celebrado en el país, duda la situación de dicho militar (fs. 131, 173 y 609 de aquellos autos).

Haré referencia al documento aludido con el número XXVI).

Entiendo que esta falsedad, en cuanto toca a los suboficiales proeesados, ese bajo la competencia castrense, por razones análogas a las ho chas valer respecto del documento sub XXXIII), Otro documento falo es el certificado de matrimonio de los padres de Olga Never suseripto por Hilda Serrés de Fernández que en fotocopia aparece agregado a fs, 4458 de los autos principales, y euyo carácter fraguado ponen de manifiesto las deelaraciones de fs. 449 vta, y 475 de dichos autos. Designo este dorumento con el número XXVII), No he podido encontrar en la causa ningún elemento de juicio que permita relacionar este hecho con las maniobras imputadas a Martino, Mazzaroni y Piendibene, por lo cual tal hecho esenpa a la eompetencia castrense e ineluso, en euanto a los procesados que no revisten estado militar, a la jurisdieción federal, pues no se percibe en qué forma podía perjudicar la Never al Fisco Nacional con esa falsedad, Por lo demás, es dudoso, conforme con las constancias del proceso, que esta persona, cuya razón está ahora alterada, gozara de entera salud mental en el momento de verificarse las acciones ilícitas investigadas, A fs. 65 del anexo obra un enrnet de la Direeción General de Asis tencia y Previsión Social para Ferroviarios firmado por el Director General, correspondiente a Julia Asunción Foreiniti, en el que, como en el caso de la cédula sub XXII1), se ha colocado la fotografía de la Never fs. 121, 132 vta. y 174). El hecho, que indico con el número XXVII,

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Año: 1971, CSJN Fallos: 280:276 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-280/pagina-276

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