NE JUSTICIA NACIONAL 250 parte de los terrenos que hahía arrendado en la Ciénega Hedowda, donde había colocado una Réceptoria Nacional:
El Fiscal, con vista de este informe, dijo que la causa no tenía relacion con Ovejero en su carácier de Recaudador de Hentas Nacionales, y no debía hacerse Ingar ú la intibitoria.
Falla del Juriea de Seccina Curamarea, Ajeoáto Y de 1650.
Vistos: por los. fundamentos consignados en el dictámen fiseal que antecede; y considerando, además, que aunque la cuestión alu«dida versase sobre actos del Receptor de lentas, en representacion del Gobierno Nacional, tendría que arribarse á las mismas conelusiones, segun la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte; en rasos análogos, como ló son, entre olras valisas, las 20, tomo 0.
pág. 5" y 47, tomo 7", pág. 221, serio 2" de sus fallos, Se declara que este Juzgado Seccional es incompetente pára entender en el juicio de la referencia y que. en consecnencia, tamporo debe hacer Ingar á la inhibitoria solicitada por la parte del Receplor Ovejero.
Iázase saber con el original y oportunamente dirijase el correspondiente oficio al respectivo Juzzado Civil de la Provincia.
donquín Quiroga.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Nuenos Aires, Mayor 25 de 159, Suprema Corte:
Segun resulta del informe del Juez Civil de Catamarca, á foja 23,
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1885, CSJN Fallos: 28:259
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-259
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 28 en el número: 259 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos