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Fallos: 28:257 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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se erea con derecho á ojercitarla, poro en minzon caso ciertamente por el mismo ejercitado.

Por estos fnndamentos, Tallo rechazando las escepeiones opuestas y mandando llevar adelante la ejecucion, hacer trance y remate de los bienes embargados y con st producto, integro pago á los ejecu- , tañtes del capital, intereses y costas del juicio, entre las que no figuran las opuestas por el ejecutado, Repónzase el sello, notifican— dose original.

Virgilin Tedin.

Eailes ele da S0mgrremea Corta Buenos Aires, Mayor 106 le 155 Vistos: por ss fundamentos, se confirma, ron costas, el anto apelado de foja veinte y cuatro vuelta, y repuestos los sellos, devuélvanse, 3. D, GONOSTIAGA. —ELADISLAO FIJAS, —$. M. LASPICIL —FEDENICO I8.AN

GÚNEN,
T. XIX 1

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:257 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-257

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