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Fallos: 28:222 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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en Tucuman, á nueve de Ayosto de mil ochocientos ochenta y cua= ; tro, Máxase saber original y repóngase el papel.

Henigno Vallejo.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 7.6 185 Vistos: Por sus Mndamentos, se confirma, con costas, el auto ape= lado de foja veinte y ocho. Repuestos los sellos, devnélvanse, 4. E. GOROSTIAGA — 3, DOMINGUEZ: — ULADISLAO PRTAS.—FEDERICO INAN=

GUREN.


CAUSA EVIL
José Benei y €": contra 1. Abrahan Medina; sobre devolución de pago indebido.

Sumario.—Es indebido el paro hecho por un impuesto declarado inconstitucional por la Suprema Corte.

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:222 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-222

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