Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 28:201 de la CSJN Argentina - Año: 1885

Anterior ... | Siguiente ...

Por estas consideraciones, y de conformidad á los articulos 1909, 192 del Código Civil: fallo, condenando á D. Antonio Frayueiro, al pago dentro de diez días, despues de ejecntoriada esta sentencia, de la suma de mil noveciontos naventa pesos con ochenta y nieve eentavos fuertes, ó su equivalente on monoda nacional, con más los intereses á estilo de Haneo, desde la demanda, y al pazo de todas las costas. Notifiquose con el original y repónzanse los sellos.

Jaidoro Albarrarin.

Fallo de la Mupremoa Corte Muere Aires, Abril 109 de J155, Vistos: por sus fundamentos se confirma, econ costas, la sentencia apelada de foja cinenenta y dos, y repuestos las sellos, devuélvase, Je DOMINGUEZ. — UL ADISEAD FRIAS, 5, 4 LASPIUR. — FEDENICO HSAN

GÚNEN,


EE H

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

53

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1885, CSJN Fallos: 28:201 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-201

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 28 en el número: 201 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos