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Fallos: 275:482 de la CSJN Argentina - Año: 1971

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Teniendo en cuenta lo resuelto por V.E.. entre otras, en las causas "Hans Glas Isaria Vertriebs K. G. c/ Los Cedros S.A." y "Panazzolo, Josefa Martínez de c/ Miraglia, N. O.", sentencias del 26 de setiembre y 18 de noviembre de 1966, respectivamente, pienso que en los autos principales existe cuestión federal bastante para sustentar el recurso extraordinario.

Por ello, opino que corresponde hacer lugar a la presente queja.

Buenos Aires, 23 de octubre de 1969. Eduardo H. Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de diciembre de 1969.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Ramón Asturo del Rio en la causa Petromar S. A. N. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires". para decidir sobre su procedencia.

Y Considerando:

Que existe en la causa cuestión federal bastante para su examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que el recurso extraord nario deducido a fs. 405 de los autos principales debió ser concedido.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Señor Procurador General, se lo declara procedente.

Y considerando en cuanto al fondo del asunto, por no ser necesaria más sustanciación:

Que la decisión apelada redujo considerablemente los honorarios del letrado recurrente, fijándolos en cantidad que manifiestamente se encuentra por debajo del mínimo establecido por la ley arancelaria.

Que el "monto extraordinario de la causa" y la circunstancia de no haber exigido la misma una labor profesional difícil fueron las razones que fundaron tal solución, respaldada por el tribunal a quo en jurisprudencia de esta Corte.

Que cabe señalar, empero, que los precedentes citados por la Cámara no convienen a la presente causa, motivada por una deman

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Año: 1971, CSJN Fallos: 275:482 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-275/pagina-482

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