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Fallos: 27:283 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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dos por D. Francisco Brunéngo cóntrá D. Roberto Cabo, por cobro de pesos.

Resaltan del espediente agregado los siguieñtes anteceden" tes:

4° Que eñtre Cano y Bruhtngo existió un contrato de locacion por el cúal el primero, como propietario del Teatro de « 1h Alegria », lo alquiló al segundo, empresario de una Colupañia Dramática, por la temporada de invierno del año de mil bchocientos ochenta.

2 Que Brunengo abrió ún abono de treinta funciones y cuando faltaban aún catorce pira terminar y los beneficios que es de práctica agregar á cada temporada, Cano le hito saber estrajudicialmente que debia entregar el Teatro á otra empresa.

3" Que con este motivo ocurrió Brunengo al Juzgado Seccion slde Buenos Aires entablando formal demanda para que se condene 4 Cano 4 respetar el contrato y en caso de que lo viole, para que le abone los perjuicios que desde ya estimaba en quince mil pesos m/c por cada funcion que dejase de dar, incluso los beneficios de los artistas.

4" Queeste juicio terminó por la sentencia de foja 198, confirmada por la Suprema Corte á foja 157, por Ta cual se condena á Caño 8 satisfacer al demandante Brunengo Tos daños y perjuicios que lá falta al referido contrato le haya causado, e do este justificar cual es el número de funciones que el demandado le impidió dar de la temporada anunciada y los daños y perjuicios que sufrió por ese motiro.

59 Que para haber cumplir la reférida resolucion se presentó á foja 9 de los autos corrientes D. José B. Vides dn representacion de Brunengo y de un señor Luportifla, acresdor de este, manifestando: que á fín de comprobar los estremos indicados por la Suprema Córte acompañaba los anuncios del elenco de la Compañía y una planilla que comprueba con todá exáce

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:283 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-283

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