22. Procede el recumo extraordinario fundado en la garantía constitucional de la propiedad contra la sentencia que admite se reduzca la bonificación por antipiedad dispuesta por decreto 225, serie B, del 22 de marzo de 1963, de la ProPinein de Córdoba. Y corresponde confirmar dicho fallo, porque no se viola el derecho: de propiedad de impedir que la antigtiedad, en euyo mérito se obtuvo la jubilación, vuelva a eomputarse para aerecentar el beneficio (Voto del Doetor Marco Aurelio Risolía): p. 307.
23. Procede el recurso extraordinario fundado en que es inconstitucional la ley 16.931, aplicada para paralizar los juicios contra las cajas de previsión social: p. 354.
Interpretación de las leyes federales.
24. Procede el recurso extraordinario cuando, habiéndose debatido la inteligencia de normas federales —deereto-ley 12.458/57—, la decisión es adversa a las pretensiones del apelante: p. 8. .
25. Procede el recurso extraordinario cuando, habiéndose debatido la intehgencia de normas federales —art. 3 de la ley 14.397—, la decisión es adversa a las pretensiones del apelante: p. 15.
26. Procede el recurso extraordinario si, hahiéndose cuestionado la inteligencia de normas federales —art. 27 de la ley 14.370—, la decusión ha sido contraria a las pretensiones del apelante: p. 23.
97. Procede el rerumo extraordinario cuando, cuestionada la inteligencia de normas federales —arts. 56 y 57 de Reglamento del Régimen Disciplinario de la Dirección Nacional de Institutos Penales—, la decisión ha sido contraria a las pretensiones del apelante: p. 27.
28. Procede el recurso extraordinario euando se ha cuestionado la inteligencia de una norma de earácter federal —art. 2 de la ley 14499— y la decisión es adversa a las pretensiones del apelante: p. 82.
29. Procede el recurso extraordinario si, habiéndose cuestionado la interpretación del deereto-ley 7003/63, ratificado por la ley 16478, de amnistía, la decisión ha vido contraria al derecho que el apelante funda en esa disposición: p. 91.
30, Procede el recurso extraordinario cuando, habiéndose debatido la interpretación de normas impositivas federales —arts. 6, ine. a), tercera parte, de la ley 12.143 (T. O. 1952) y 27, ine. e), del deereto reglamentario 6187/52—, la sentencia definitiva ha sido contraria a la pretensión del apelante: p. 94.
3 Procedó el recurso extraordinario enando se ha euestionado la inteligencia de una norma de carácter federal —deereto 960/01—, y la decisión ha sido contraria a su validez: p. 106.
2. Procede el recurvo extraordmario enando se ha cuestionado la inteligencia de una norma de carácter federal —art. 2 de la ley 14.519— y la decisión ha sido contraria a las pretensiones del apelante: p. 126.
3. Procede el recurso extraordinario cuando se ha cuestionado la inteligencia de normas de carácter federal —art. 23, me, a), de la ley 14.878 y 48 del título VII de la reglamentación general de impuestos internos— y la decimón ha sido eontraria a las pretensiones del apelante: p. 142.
u Procede el recurso extmordinario cuando en la causa se disente la inteligencia de una norma de carácter federal —ley 12.636 y deereto 14.950/46— y la sentencia definitiva es adversa a las pretensiones del apelante: p. 170.
35. Procede el recurso extraordinario euando, euestionada la inteligencia de norman federales —art. 15 de la ley de impuesto a las ganancias eventuales y reso Inción 470/57 de la Dirección General Impositiva— la decisión ha sido contraria a las pretensiones del apelante: p. 170.
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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:585
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