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Fallos: 264:43 de la CSJN Argentina - Año: 1966

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Ambito de los actos normativos generales, es ajustada a derecho —«onfr. Fallos: 259:191 y sus citas y otros—.

2") Que, entre otfos fundamentos, la doctrina señalada reconece el de que los actos concretos que pueden dar Jugar a demandas de amparo deben adolecer de irregularidad manifiesta —Fallos:

259:191 y 196 y otros—, característica que no cabe aseverar en los casos en que ellos se ajustan a las disposiciones legales o reglamentarias a que responden.

3") Que a ello corresponde añadir que el tema referente al requerimiento de la afiliación, previa a la obtención de la boleta de embarco, a una entidad sindical, no es de solución obvia —CoRWIN, "The Constitution of the United States", New York, 1953, págs. 991 y 992— ni justifica, en consecuencia, prescindir de los recaudos jurisprudenciales para la procedencia de la demanda de amparo, so color de existir precedentes que se refieren a ellos "por vía de principio".

4°) Que, en estas condiciones, el Tribunal no estima admisible " la tacha de arbitrariedad ni halla que lo demás resuelto por el fallo recurrido a fs. 10 sustente la apelación.

Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada de fs. 10 en lo que ha podido ser objeto de recurso extraordinario.

ARISTÓBULO D. ARÁOZ DE LAMADRID — Luis María Borri BocGERo (en disidencia) — RICARDO COLOMBRES — ESTEBAN IMAZ — CARLOS JUAN ZAVALA RoDRÍGUEZ (en disidencia) — AMILCAR A. MERCADER.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO Doctor Don Luis MARÍA
Borrt BoGGEro Considerando:

1) Que a fs. 2/4 de los autos agregados se presenta don Luis Exequiel Leguiza y pide amparo judicial para que se restablezca su libertad de trabajar, violada por el decreto N" 280/64, reglamentario de la llamada "Bolsa de Trabajo Marítimo para Marinería y Maestranza", que es el órgano encargado de "la administración del sistema de colocación del personal de marinería

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:43 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-264/pagina-43

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