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Fallos: 263:625 de la CSJN Argentina - Año: 1965

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FALTA ACCION.
Ver: Recurso ordinario de apelación, 3; Reivindicación, 3.


TALTA DE PERSONERIA.
Ver: Recurso extraordinario, 180,
TALTAS Y CONTRAVENCIONES.
Ver: Recurso extraordinario, 83.

FILIACION.
Ver: Recurso extraordinario, 70.

FIRMA.
Ver: Recurso extraordinario, 222.

FISCAL.
Ver: Recurso extraordinario, +4.

FISCAL DE CAMARA (').
1. Con arreglo al art, 41 del decreto-ley 2021/63, el Fiscal de Cámara, en las enusas penales, no puede desistir de los recursos interpuestos por sus inferiores Voto del Doctor Carlos Juan Zavala Rodríguez): p. 72. :

FLETE.
Ver: Impuesto a las ventas, 1.

FRAUDE.
Ver: Aduana, 7.

FRUTOS.
Ver: Reivindiención, 2.

a

GOBIERNO NACIONAL.
Ver: Constitución Nacional, 10; Provincias, 3; Recurso extraordinario, 8.

GRADO MILITAR.
Ver: Amnistía, 1, 4.

1) Ver también: Recurso extraordinario, 44, 164. 233.

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:625 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-263/pagina-625

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