DEFENSA EN JUICIO.
Ver: Constitución Nacional, 19 21, 22, 23, 24, 26; Extradición, 4; Justicia electoral, 4; Recurso de amparo, 2, 3; Recurso extraordinario, 15, 22, 23, 27, 29, 72, 125, 169, 185, 207, 228; Sentencia, 1.
DEFENSA NACIONAL.
Ver: Dominio público, 2; Provincias, 6.
DEFRAUDACION.
Ver: Jurisdicción y competencia, 13, 19.
DELEGADO GREMIAL.
Ver: Constitución Nacional, 3; Empleados públicos, 2 3.
DELITOS.
Ver: Constitución Nacional, 40; Provincias, 2; Reeurso extraordinario, 64.
DELITOS COMUNES.
Ver: Extradición, 4.
DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO Y LA SEGURIDAD DE
LA NACION.
Ver: Recurso extraordinario, 33, 49.
DEMANDA.
Ver: Constitución Nacional, 21; Jurisdieción y competencia, 14; Prescripción, 1. 2, 3; Prueba, 1.
DEMANDAS CONTRA LA NACION (').
1. La sentencia que hnee lugar al desalojo Je un inmueble que ocupa la Nación con fines de cumplimiento de sus funciones específiens —en el enso, un distrito militar— tiene enrácter deelarativo. Tal carácter no ve modifien por la cireunstancia de que sea razonable el plazo fijado: p. 69.
2. El preeepto del art. 7 de la ley 3952 encuentra fundamento en las eláusulas constitucionales que acuerdan al Poder Legidativo la facultad de crear impuestos y determinar el destino de las rentas públicas y también en las exigencias propias de la huena marcha de los poderes y su independencia en el ejercicio de sus Manciones: p. 69.
3, Las leyes 3952 y 16H encuentran fundamento en las elánsulas constituciorales que acuerdan al Poder Legislativo la facultad de crear recursos y determinar el destino de las rentas públicas, Y también en las exigencias de la buena marcha de los poderes y su independencia en el ejercicio de sus funciones: p. 107.
4. El preeepto del art, 7 de la ley 3952 ex de aplicación a los juicios de desn— 1) Ver también: Alimamiento a la demanda, 1; Prescripción 2: Recurso extraor dinario, 25, 37.
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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:615
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