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Fallos: 26:373 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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mento de foja sesenta y seis, presentado por los demandados, que estos trasportaron las mercaderías á su casa de remate con conocimiento y consentimiento del demandante, se confirma, por sus fundamentos, la sentencia apelada de foja ciento cuarenta y nueve, cun costas. Satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.

3. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS. — 5. M. LASPIUR. — 3. D. PIZARRO.

——— ma NE

CAUSA XXVIII
Don Eulogio Martinez, contra la Administracion de Aduana; sobre apelacion y desembargo.

Sumario. —41° Ordenado por el Administrador de Aduana el embargo verbal de unas lanchas como pertenecientes al deudor de derechos fiscales, y pedido el desembargo por un tercero, alegando dominio sobre ellas, la remision del espedien.e en consulta al Ministerio de Hacienda, sin conocimiento del tercero, y la aprobacion de dicho Ministerio, no priva á este

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:373 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-26/pagina-373

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