de la causa en las decisiones que les ineumben es también aplicable a las de mandas de amparo: p. 430.
11. El recurso de amparo no es el medio de sustituir a los jueces propios de la esusa en las decisiones que les conciernen: p. 430,
RECURSO DE APELACIÓN.
Ver: Constitución Nacional, 14, 26, 30, 40; Recurso extraordinario, :4, 37, 70, T1, 120; Sentencia, 5.
RECURSO DE CASACIÓN.
Ver: Recurso extraordinario, 154.
RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY.
Ver: Recurso extraordinario, 17:3 ,
RECURSO DE NULIDAD.
Ver: Reenrso extraordinario, 174.
RECURSO DE QUEJA (').
1. La resolución del juez de primera instancia, denegatoria del reenrso extraordinario, resulta inefieaz a los etectos de la intervención de la Corte por vía de queja: p. S7, 2. La cirenvstancia de haberse requerido los antos principales, en calidad de mejor informe, no obsta a la apliención del principio, en enya virtud el recurso de queja por denegación del extraordinario carece de efecto suspensivo: p. 151.
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN.
Ver: Reeur-o extraordinario, 54.
RECURSO DE REPOSICION.
Ver: Recurso extraordisario, 176.
RECURSO DE REVISION.
1. En materia civil, +! recurso de revisión para ante la Corte Suprema sólo procede re-pecto de las sentencias dictados por ella en jurisdicción originaria:
p. 26.
RECURSO EXTRAORDINARIO (:).
Inner SUMARIO Absolución de posiciones: $1, 127, Acumulación de autos: 2, Acersoria de welusión: 152, Aduanas: 16, 37, Accidentes del trabajo: 107, Arancel: 03, Acción penal: 6, 8, Arbitraje: 2, Aetos de autoridad nacional: 35, Arrendamientos rurales: 9, 10, 20, 41, 42, a Ver también: Recurso extraordinario, 70 La) Ver tambien: Ciudadanía y naturalización, 1; Jurisdicción y competencia, 4; Mandato. 1; Pago, 6; Recurso de queja, 1, 2.
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Año: 1964, CSJN Fallos: 259:498
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