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Fallos: 258:381 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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GRAVAMEN.
Ver: Constitución Nacional, 19.

H

HECHO NUEVO. -
Ver: Recurso extraordinario, 96, 177.

HECHOS ILICITOS.
Ver: Daños y perjuicios, 3; Recurso de amparo, 7

HIPOTECA.
Ver: Recurso extraordinario, 126.

HOMICIDIO.
Ver: Exhorto, 3.

HONORARIOS (').
Regulación.

1. A los fines de la justicia y validez de los honorarios profesionales importa considerar el intrínseco valor de la lahor cumplida y la responsabilidad comprometida en la enusa, pues el monto del litigio o el interés del litigante condenado en costas no son decisivos por sí solos para estimar que la regulación efectuada sea confiseatoria: p. 64.


HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
Ver: Honorarios, 1; Recurso extraordinario, 74, 127.

HUELGA.
Ver: Constitución Nacional, 26, 27; Recurso extraordinario, 132.

HURTO.
Ver: Jurisdicción y competencia 2. 39, 40 I

IGUALDAD.
Ver: Constitución Nacional, 9, 22, 32, 33, 34, 35, 36, 42; Recurso extraordinario, 7.

IMPORTACION.
Ver: Crédito documentario, 1, 2.

1) Ver también: Constitución Nacional, 28: Derechos aduaneros, 1; Recurso extraordinario, 35, 52, 53, 72, 73, 130, 136.

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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:381 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-258/pagina-381

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