DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Corresponde a V. E, conocer originariamente en este juicio, por tratarse de una causa civil por cobro de pesos entablada por una empresa del Estado Nacional contra una Provincia (art. 101 de la Constitución Nacional). Buenos Aires, 17 de setiembre de 1959. — Ramón Lascano.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Corresponde a V. E. seguir conociendo en esta causa, por las razones que di al dictaminar a fs. 54.
En cuanto al fondo del asunto, nada tengo que opinar, por resultar ajenas a mi dictamen, dada su naturaleza, las cuestiones debatidas. Buenos Aires, 14 de octubre de 1960. — Ramón Lascano.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de octubre de 1961.
Vistos los autos: "Transportes de Buenos Aires, Administración General de c/ San Luis, la Provincia s/ cobro de pesos", de los que resulta:
19) Que a fs. 51 se presenta la Administración General de Transportes de Buenos Aires y promueve demanda contra la Provincia de San Luis por cobro de la suma de mógn. 1.575.731,12 un millón quinientos setenta y cinco mil setecientos treinta y un pesos con 12 centavos moneda nacional) con más sus intereses y costas, y dice:
2?) Que el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, en acuerdo de Ministros, dictó el decreto n" 151 —M. A. E.— 53, por el cual se autorizó al Ministro de Asuntos Económicos de dicha Provincia a adquirir del Ministerio de Transportes de la Nación, 20 microómnibus modelo 1946-1948 en satisfactorias condiciones de conservación, al precio de m$n. 30.000 la unidad.
3) Que la Administración General de Transportes, informada de tal decisión, procedió a someter a tasación del Banco Municipal de la Ciudad de Buenos Aires los vehículos en cuestión, la que arrojó la cantidad de m$n. 55.000 la unidad. Esta valuación fué puesta en conocimiento de la Empresa Nacional de Trans
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Año: 1961, CSJN Fallos: 251:151
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-251/pagina-151
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