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Fallos: 25:314 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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puesto y pedido por el Señor Procurador General en su precedente vista, se confirma con costas el auto apelado de foja setenta y ocho. Repuestos los sellos, devuélvanse, J. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS. — $. M. LASPIUR. —
M. D. PIZARRO.
——

CAUSA LVIII
D. Juan Murray, contra D. Emilio Bunge, sobre interdicto de recobrar.

Sumario. — Acreditada la posesion y la obra que impide su ejercicio, corresponde hacer lugar a! interdicto mandando deshacer la obra.

Caso. — Los Sres. D. Francisco Younger y D. Emilio Bunge, contrataron con el Ferro-Carril de Buenos Aires á la Ensenada un ramal que pasaba por la barraca de Bunge primero, y en seguida por la de Younger.

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:314 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-314

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