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Fallos: 25:222 de la CSJN Argentina - Año: 1883

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como lo ha evidenciado este en los párrafos 5 y 6 de su contestacion antes mencionada, fojas 120 y 122, 46" Que en mérito de cuanto queda espuesto, es visto que la parte del Doctor Don Samuel Molina lejos de probar su accion cual por derecho corresponde, carece hasta de razon probable para litigar, viniendo así á quedar sujeto á las responsabilidades que para tales casos establecen las leyes y doctrinas que reglan los procedimientos, artículo 13 y 174 de la ley Nacional sobre procedimientos ; leyes 39, título 2", 8", tít. 22, partida 3"; Escriche, palabra Zitigante, y causa 98, páginas 240, 68 pág. 141, tomos 3" y 10, serie 2" de los Fallos de la Córte Suprema.

Por tanto y omitiendo otras consideraciones, fallo absolviendo de la presente demanda al General Don Octaviano Navarro; con especial condenacion en costas á la parte del demandante, Hágase saber con el original desglosándose y devuélvanse en oportunidad á cada interesado sus respectivos títulos dejando en autos las correspondientes constancias y repóganse los sellos.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 21 de 1883.

Vistos; Primero: Resulta de estos autos, segun los testimonios agregados 4 foja ochenta del primer cuerpo, que en Agosto once de mil setecientos cuarenta y cuatro el General Don Luis José Diaz, fundador del Mayorazgo de Santa Rita de Guasan, compró á los Sargentos Mayores Don Juan José de la Vega y Don Andrés de la Vega, hermanos, la porcion principal ú la mayor parte de la Estancia Singuil, una de las que consti tulanel mayorazgo, con la estension y bajo los linderos deter

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:222 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-25/pagina-222

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