Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 240:482 de la CSJN Argentina - Año: 1958

Anterior ... | Siguiente ...



ENSEÑANZA.
Ver: Recurso extraordinario, 37.

ENTIDADES AUTARQUICAS.
Ver: Jurisdicción y competencia, 26.

ERROR.
Ver: Recurso extraordinario, 125.

ESCRITURACION.
Ver: Recurso extraordinario, 41.

ESPERA.
Ver: Excepciones, 1.


ESTABLECIMIENTO DE UTILIDAD NACIONAL.
Ver: Jurisdicción y competencia, 12; Provincias, 2, 4, 5.

ESTADO.
Ver: Gobierno defacto, 1. .

ESTADO DE SITIO (:).
1, Las restrieciones a los derechos individuales dependen de las cireunstancias particulares. Durante la vigeneia del estado de sitio, especialmente, no cabe dudar de que esas restricciones son o pueden ser mayores que en las situaciones ordina.

rias y entre los derechos que suelen ser más afectados, se halla precisamente el de reunión, a fin de que el orden y la tranquilidad pública sean mantenidos: p. 235.

ESTADO EXTRANJERO.
Ver: Jurisdicción y competencia, 31; Reeurso de revisión, 1: Sentencia, 2, 3.

ESTAFA.
Ver: Jurisdicción y competencia, 32.

EXCARCELACION.
Ver: Recurso extraordinario, 107.

EXCEPCIONES (:).
Clases.

Espera.

1. La cireunstancia de encontrarse interdieto el ejecutado no sustenta la excepción de espera: p. 450.

1) Ver también: Constitución Nacional, 20.

2) Ver también: Sentencia, 5.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

78

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1958, CSJN Fallos: 240:482 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-240/pagina-482

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 240 en el número: 482 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos