Ms — A E que tiene Alines, como queda demostrado en el anterior consie derando.
3 10. Que aun despues de notificado el señor Cano de la demanda que interponia el señor Brunengo, le impidió á este usar del testro, faltando así á las obligaciones que le imponia el |. contrato de locacion celebrado por su encargado el señor Alines; — y considerando tambien que habiéndose resuelto el contrato de locacion por culpa del locador, es úá cargo de este los daños y perjuicios sufridos por el locatorio.
Por estas consideraciones y concordantes del escrito de fojas...
fallo condenando á don Roberto Cano á satisfacer á don Francisco Brunengo los daños y perjuicios que la falta ul referido contrato le hayan causado, con costas.
Notifíquese con el orijinal y repónganse los sellos.
Isidoro Albarracín, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 20 de 1882.
Vistos, por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja ciento veintinueve, debiendo el demandante justificar cuál es el número de funciones que el demandado le impidió dar de la última temporada anunciada, y los daños y perjuicios que sufrió por ese motivo. Satisfechas las costas de la instancia y respuestos los sellos, devuélvanse, 4. B. GOROSTIAGA, — J. DOMINGUEZ. — O, LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
r —S. M. LASPIUN.
A ————— A
S, 1 hi "MIA
Compartir
70Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1882, CSJN Fallos: 24:234
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-234¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 24 en el número: 234 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
