encontrado en su poder Á razon de cinco pesos fuertes oro por cabeza, debiendo dar Reguera recibo ó constancia de la suma correspondiente á su importe, Serto: Que estas declaraciones, aunque disconformes en el relato no lo son en el hecho, de que hubo arreglo de precio por cabeza y tambien por cantidad ó número determinado de animales, que por lo visto no puede ser otro que el de mil setenta y siete cabezas que es el que resulta pagado con la suma de cinco mil trescientos ochenta y cinco pesos fuertes oro, que comprueba la misma enunciada carta de foja 38 presentada por Tabela, Sétimo: tque el hecho ademas, de que Reguera hubiese venido á entablar demanda de reivindicicion y de cuatrocientas y mas cabezas de ganado vacuno contra Tabela, al mes y días del arreglo hecho en Buenos Aires fecha de la carta de foja, y fecha de la demanda fojas... y ... esp'icando y esponiendo en el escrito con que la interpone, el pago de las mil setenta y siete cabezas; y pidiendo que se ordenara bajo su responsabilidad el secuestro de lus ganados con sus marcas y se mandase tambien que se le diese rodeo y recuento de todo el que por las guías de fojas 311 y 312 había sido introducido á esta Provincia igualmente con sus marcas, como Tabela no lo negaba, asegurando que esos ganados los habia comprado á los señores Vila y Vidal; este hecho se repite, viene 4 constituir un acto posterior al de la transaccion que se alega y que es de aquellos que jurídicamente pueden servir de base para interpretar cualquier clase de documento que se presente con título de transaccion como sucede en el caso actual, puesto que del procedimiento de Reguera no resulta ni se descubre que haya reclamado, de un daño causado por el arreglo ó llamesele transaccion, que tuvo lugar entre él y Tabela, sinó únicamente del daño que se le tenia causado por la usurpacion que se le habia hecho de los ganados de su propiedad, pidiendo la reivindica
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Año: 1882, CSJN Fallos: 24:165
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-24/pagina-165
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