propiación, y 10 los otros bienes o fracciones 10 expropiadas aunque pertenezcan al mismo dueño de aquél.
Que, en cambio, debe reputarse fundado el agravio concerniente al gasto del eereo y vereda que debe efeemar el expropiado sobre la calle abierta, y que la sentencia recurrida deelara a cargo de la expropiante, El citado art. 11 de la ley vigente establece que la indemnización comprende, además del valor objetivo del bien, "Jos daños que sent mt consecuencia directa e inmediata de la expropiación "': la ley exige ma relación de y causalidad estrieta entre la expropiación y el daño, y esto no es lo mismo que exigir esa enusalidad entre la obra pública y el daño, como implícitamente resuelve la sentencia apelada. En casos como el de antos, la obligación del propietario de construir coreo y vereda deriva directa e inmediatamente de la apertura de la enlle pública —que puede hacerse también sin expropiación, como cuando la municipalidad es propietaria del terreno antes de hacer la calle— y sólo indirecta y mediatamente de la expropiación. La circunstancia de que antes de la expropiación y de la apertura de la calle "no pesaba sobre ella (la demandada) la obligación reglamentaria" de construir el cerco y la vereda —según dies la sentencian— no es bastante para señalar aquella relación de causalidad exigida por la ley entre el daño y la expropiación, porque esa obligación pesa siempre sobre los propietarios vecinos toda vez que se abre una calle nueva, haya mediado o no una expropiación previa.
Que teniendo en cuenta la disminución del resnreimiento que resulta del considerando precedente, corresponde rebajar las regulaciones de honorarios contenidas en la sentencia apelada.
Que, por último, tambión ha de imponerse a la netora el pago de las costas de esta instancia, porque si bien la apelante ha logrado éxito en uno de los renglo
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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:714
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