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Fallos: 234:534 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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tes de la Colonin Florencia, el ubicado en la sección 1', fracción C y señalado con el n° 13; teniendo una extensión de 10.000 metros en cada uno de los costados N y S y 7.500 metros en los costados E y O.

A fs, 3 del expediente de la mensura de Cattáneo, traído también como prueba, obra una copia de la escritura de venta de 2 de agosto de 1906, por la cual "La Forestal del Chaco trasmite a "The Forestal Land Timber and Railways Co. Lted.", entre otros bienes, "un lote de terreno que forma parte del establecimiento denominado °°Colonia Florentina", ubicado en la primera sección del Chaco, fracción C, parte del Lote 13 que linda al norte con el lote 8 de la sociedad vendedora; al sur con el lote 16 de la misma nbicado en la Provincia de Santa Fe, de la que lo divide el paralelo 28; al este el lote 14 y al oeste el lote 12 fiscal.

A esta Compañía sucede en el mismo bien, como adquirente en 28 de diciembre de 1931, la sociedad demandada (informe de fs. 104 de estos autos).

Que, como lo han apuntado las sentencias dictadas en el juicio, constituye una cuestión fundamental del litigio la de interpretar y fijar el alcance de la escritura traslativa del dominio de la concesión a Eduardo Langworthy, de fecha 3 de agosto de 1885, cuyo testimonio obra a fs. 528 del expediente administrativo y a fs. 33 de estos autos.

De él resulta que, en cumplimiento del decreto de 28 de julio del citado año de 1885, el Gobierno de la Nación dispuso: 1) otorgar al concesionario Langworthy, con arreglo a la ley de octubre 19 de 1876, la propiedad de dos secciones de 400 kilómetros cuadrados :

o sea, ochenta mil hectáreas); 2?) que los límites de las referidas secciones eran los siguientes: al este el río Paraná Miní; al norte, los lotes 6, 7 y 8 de la fracción C, sección 1' del territorio del Chaco, según la mensura del agrimensor Leo; al sur, una línea que pasa

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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:534 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-234/pagina-534

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