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Fallos: 234:372 de la CSJN Argentina - Año: 1956

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abril corriente en la causa: "Gómez, Mario Sixto s./ homicidio", en lo pertinente, se desestima la queja.

Canos Herrera — Jonoe Vera

VALLEJO,

JUAN IGNACIO RICOY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión [ederal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Comstitución Nacional.

Procede el recurso extraordinario fundado en que es violatorio de la defensa en juicio y de la igualdad el fallo que, no obstante haber manifestado el fiscal de cámara que no mantiene la apelación interpuesta por el agente fiscal, omite pronunciarse sobre la suerte del recurso en esas condiciones, revoca la sentencia absolutoria de primera instancia y condena al procesado.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías, Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

Es violatoria de la defensa en juicio la sentencia que conMo procedo, + el poo " mantuvo en n"tancia el recurso de aj uesto por el agente fiscal contra el fallo absolutorio Te RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

Art. 23 En el pro penal, el Ministerio Público, el defensor y el querel te no están en igual situación, pues el primero tiene una misión distinta. Por ello no procede el recurso extraordinario fundado en la pretendida violación de la igualdad, contra la sentencia de segunda instancia que, a pesar de la manifestación del fi ea pa tido de que no mantiene la apelación, revoca el fallo absolutorio del juez y condena al procesado (Voto de los Sres.

Naiatres Dres. Don Cari Mera y Don Jerr Vera allejo).

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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-234/pagina-372

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