se aplique una ley distinta a la que regía a la fecha de la cesación en el servicio, más aún cuando como en ella también se dice, la diferencia que habría de producirse con todos aquellos que en iguales condiciones al poticionante obtuvieron jubilación, con arreglo al principio enunciado, resulta palmaria e injusta, introduciendo una desigualdad por el solo hecho de haber gestionado tardíamente su derecho nacido con anterioridad.
Por estos fundamentos, habiendo dietaminado el señor Procurador General se confirma la sentencia de fs, 73 en enanto pudo ser materia del recurso extraordinario.
Ronorro G. VALENZUELA. — FE
LIPE SANTIAGO PÉREZ, — ATI-
LIO Pessacxo. — Luis R.
Loxcut.
HAYDEE NORA BERNARDO Y OTROS y.
S.E.IL. LATEX € RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fundamento, Satisfaev las exigencias del art, 15 de la ley 48 y jurisprudencia de la Corte Suprema en enanto al fundamento del recurso extraordinario, el escrito que contiene referencia bastante a la enestión debatida en la enusa y a las cireunstancias de la misma.
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO.
Puesto que el cumplimiento obligatorio de lo preceptuado en los contratos colectivos es independiente de la aquiescencia individual de los alcanzados por sus cláusulas, no obsta a la efectividad del convenio general para la industria del caucho la cirennstancia de haberse cumplido el convenio privado suseripto entre las partes, que no aludía a aquél, ni la invocación del art. 499 del Código Civil
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Año: 1955, CSJN Fallos: 232:706
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