S. A. CERVECERIA CORDOBA —En LiQ.— IN RE:
OTTO SEBASTIAN BEMBERG Y OTRA —sus sucs.— JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.
Inhibitoria: planteamiento y trámite.
Perdida la cuestión de com i ía de inhi
E AE
resado considere eompriente ley 50, art. 45), mo procedo acudir a otro, y sucesivamente, hasta encontrar al que reconozca razón al recurrente, que de tal suert: podría renovar la cuestión tantas veces cuantas le conviniera, mientras que la vía de la declinatoria sólo podría plantearla una vez como excepción.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de febrero de 1955.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Enrique Meyer, Cervecería Córdoba S. A. C. I. y F. en la causa Bemberg, Otto S. y otra (sus sues.) incidente 8/ cobro de multa y embargo preventivo. Cervecería Córdoba S. A. (en lig.)", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que por resolución del juez de la Capital Federal de fecha 24 de setiembre de 1954, se declaró a la ""Cervecería Córdoba S. A. en liquidación" y a "Enrique Meyer Cervecería Córdoba S. A. C. I. y F." incluídas en la ley 14.122 y se ordenaron las medidas tendientes a liquidarlas. En conocimiento de ello la sociedad mencionada en segundo término planteó ante el Superior Tribunal de Justicia de Córdoba una cuestión de competencia, con el fin de que el juez de la Capital se inhibiera de seguir conociendo de la causa con respecto a la
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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:30
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