doy fe. — Roporro G. VALENZUELA, — FELIPE SANTIAGO P£
REZ. — ArTILIO PessaaNo, — Luis R. Lonant, — Ricardo E.
Rey (Secretario).
RECURSOS DE QUEJA: SELLOS DE ACTUACION
QUE DEBEN ACOMPAÑARSE
En Buenos Aires, a los 9 días del mes de mayo de 1955, reunidos en su Sala de Acuerdos el Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. D. Rodolfo G. Valenzuela, y los Sres. Ministros Dres. D. Tomás D. Casares,
D. Felipe Santiago Pérez, D. Atilio Pessagno y D. Luis R.
Longhi, y Considerando :
Que de acuerdo con lo dispuesto en el art. 91 de la ley de sellos, se ha exigiúo en la práctica del Tribunal que con los recursos de qu°ia se acompañe el papel sellado necesario A a pom ha puesto de manifi la necesidad e i ifiesto i de fijar cuatro el número de los sellos de actuación que en lo sucesivo deberá requerirse a ese fin.
Resolvieron :
Con todo recurso de queja que se presente ante esta Corte Suprema, siempre que no medie exención de sellado, se acompañarán cuatro sellos de actuación.. cuyo sobrante se restituirá a O ssl dpuderon mandaron, ordenando y , 0) se comunicase y registrase en el libro correspondiente por ante mí, que doy fe, — Roporro G. VALENZUELA. — Tomás D. CasaRES — FELIPE SANTIAGO PÉREZ, — ATILIO PessaaNo. — Luis R. LonaHt. — Eduardo C. González del Solar (Secretario).
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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:25
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