11.719 relativas a la convocación de acreedores y el art.
57 d: la ley 5178 (T.O.) de la Provincia de Buenos Aires, que exige el depósito previo del capital, intereses y costas provisorias del juicio para conceder los recursos interpuestos ante la Suprema Corte de esa provincia (').
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
Puesto que la doble instancia judicial no es requisito de la defensa en juicio y que no se ha demostrado la imposibilidad de efectuar el depósito exigido por el art. 57 de Ja ley 5178 (T. O.) de la Provincia de Buenos Aires —circunstancia que no resulta acreditada por la sola convocación de acreedores— corresponde rechazar el recurso extraordinario fundado en la violación del art. 29 de la Constitución Nacional, contra la sentencia que d-elara bien denegado el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por quien se encuentra en estado de cesación de pagos (°).
MIGUEL CASADO Y OTRO v. MIGUEL SOSIEVICH
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes, Gravamen. 
No procede el recurso extraordinario, fundado en la pretendida violación de la igualdad y de la defensa en juicio, contra la sentencia que desestima los recursos interpuestos para ante el tribunal superior local por no haberse efectuado el depósito exigido por el art. 57 de la ley 5178 (T.O.) de la Provincia de Buenos Aires, ri el reeurrente no ha demostrado, ni pretendido, que carece de los fendos necesarios para hacerlo. No importa qu: se invoque la situación en que se hallaría la parte obrera, porque en el caso se trata del recurso del empleador y porqua el tribunal de la causa ha declarado que dicha parte estaría exonerada del requisito en virtud de lo dispuesto por el art. 29 de la misma ley (°).
1) 19 de abril. Fallos: 228, 107, 2) Fallos: 201, 95; 215, 225 y 501; 227, 433.
3) 19 de abril. Fallos: 229, 616.
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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:126 
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